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Preguntas Frecuentes

La jubilación implica decisiones importantes y es normal que surjan preguntas en el camino. En esta sección de Preguntas Frecuentes encontrarás respuestas directas y fáciles de entender a las dudas más habituales sobre pensiones, beneficios y trámites previsionales. Buscamos entregarte información confiable y útil para que avances con mayor seguridad y claridad en cada etapa de tu proceso de jubilación.

¿Cómo saber cuál es mi AFP?

Puedes consultarlo gratis en el sitio oficial de la Superintendencia de Pensiones (https://www.spensiones.cl/) ingresando tu RUT sin puntos ni guion en la sección “Consulta de Afiliación”. El sistema te mostrará tu AFP actual al instante.

¿Cómo solicitar la PGU?

La Pensión Garantizada Universal (PGU) se solicita en ChileAtiende.cl con tu ClaveÚnica, o de forma presencial en oficinas de tu AFP y del IPS / Chile Atiende. El sistema verificará si cumples los requisitos de edad, residencia e ingresos antes de aprobar el beneficio.

¿Qué es mejor: retiro programado o renta vitalicia?

Depende de tus necesidades.

  • El retiro programado ofrece flexibilidad y herencia, pero el monto varía con riesgo de disminuir con el tiempo.
  • La renta vitalicia entrega una pensión fija garantizada de por vida, aunque con la posibilidad de cuidar los fondos mediante establecer condiciones de garantía.

 

En muchos casos, la modalidad mixta combina ambas ventajas.

¿Cuál es la edad legal de jubilación en Chile?

La edad legal para pensionarse por vejez es de 65 años para hombres y 60 años para mujeres.

También existen opciones de jubilación anticipada si cumples ciertos requisitos de ahorro o trabajas en empleos calificados como pesados.

¿Qué pasa con mis fondos previsionales al fallecer?

Al fallecer un afiliado, sus fondos previsionales no se pierden:

AFP o Compañía pagan a quien acredite haber realizado gastos fúnebres la cantidad de 15 UF.

  • Si tienes retiro programado, el saldo se destina a una pensión de sobrevivencia si hay beneficiarios legales o Herencia si ya no hay beneficiarios legales.
  • Si elegiste renta vitalicia, la aseguradora continúa pagando pensión de sobrevivencia si hay beneficiarios legales, si no hay beneficiarios legales se sigue con los beneficiarios designados en el contrato, si se estipularon las condiciones de garantía que generan ese derecho.
  • Si el afiliado muere sin haberse pensionado, el dinero acumulado en su cuenta individual se utiliza para otorgar pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios legales (cónyuge, conviviente civil, hijos o padres).

 

En caso de que no existan beneficiarios con derecho a pensión, el saldo completo pasa a ser parte de la herencia, y puede ser retirado por los herederos legales del fallecido.